martes, 19 de diciembre de 2006

LEY DE COMERCIO INTERIOR DE GALICIA (WWW.XORNAL.COM, 19 DE OCTUBRE DE 2006)

Recientemente se ha presentado el borrador de la ley de comercio interior de Galicia. A pesar de tratarse de un anteproyecto aún pendiente de los preceptivos trámites parlamentarios, podemos hacer algunas apreciaciones sobre lo que pretende regular esta futura norma.

En primer lugar, los grandes establecimientos, conocidos como "grandes superficies", de más de 2.000 metros cuadrados, necesitarán una licencia comercial específica, cuya concesión será competencia de la Xunta de Galicia, a través de la Consellería de Innovación e Industria. Ello implica una novedad respecto del régimen hasta el momento vigente, puesto que afectará, a priori, a más establecimientos: de momento tal licencia sólo se exige a aquellos centros de más de 2.500 metros cuadrados.

De todas formas, se tendrán en cuenta otros parámetros aparte de las dimensiones del establecimiento, ya que son relevantes las poblaciones en las que se ubiquen. Así, el tipo de superficies que requieren necesariamente esta licencia serán los que superen los 1.200 metros cuadrados en poblaciones de entre 5.000 y 25.000 habitantes, y también los que superen los 800 metros cuadrados en los municipios de menos de 5.000 habitantes.

Los impulsores del proyecto también anuncian que servirá para terminar con la arbitrariedad a la hora de conceder o tramitar estas licencias, puesto que no será simplemente competencia del conselleiro informar al respecto. Además, se utilizarán criterios, en principio técnicos y objetivos, que pasan por un estudio de la situación del mercado en tales poblaciones a fin de evitar saturaciones. También se pretende la existencia, para este fin, de una exhaustiva colaboración entre administraciones locales.

Dentro de las grandes superficies suelen instalarse comercios de diferente tipología y sector. Pues bien, la licencia que deberá obtener el propio establecimiento global también afectará a dichos comercios emplazados en su interior.

También se hacen incursiones en otros aspectos del comercio cuya relevancia afecta a ámbitos tan dispares como puede ser el derecho de la competencia, ya que se prohíbe la venta a pérdida. También se prohíben actividades promocionales en las rebajas y la venta piramidal.

Finalmente, se recoge la creación de un nuevo cuerpo de funcionarios públicos con funciones inspectoras en materia de comercio pero diferentes a las de los inspectores de consumo, y también funciones formativas e informativas para evitar los incumplimientos basados en el desconocimiento de la norma. Esperemos que funcione esta actividad preventiva.

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